Reforma constitucional: Congreso amplía plazo de detención policial en flagrancia

El Pleno del Congreso de la República aprobó ampliar el plazo máximo de detención policial en casos de flagrancia de 24 a 48 horas, además de establecer un nuevo supuesto para el caso de detenciones cuyo plazo máximo es de 15 días. Así, con la reforma, además de los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, la detención preventiva durará también hasta 15 días en delitos cometidos por organizaciones criminales. De esta manera, pues, se modifica el literal f) del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución.


El artículo 206 de la Constitución, establece dos mecanismos para aprobar una modificación constitucional. En el primer caso, la reforma constitucional, para ser aprobada, debe ser votada una vez en el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros y ratificada luego en referéndum. En el segundo caso, debe votarse la reforma en dos legislaturas ordinarias consecutivas con una votación favorable, en cada caso, que supere los dos tercios del número legal de legisladores (82 votos a favor como mínimo).
Pues bien, el Congreso optó por el segundo camino. En la primera votación realizada el 1 de diciembre del 2016 (legislatura inmediatamente anterior a esta), se aprobó el dictamen respectivo en forma unánime, con 96 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención; mientras que ayer 4 de mayo, en segunda votación, el Pleno del Congreso aprobó la reforma con 96 votos a favor, 13 en contra y 6 abstenciones.
Con ambas votaciones, que superan los dos tercios del número de legal de congresistas, la reforma constitucional queda redactada en los siguientes términos a la espera de la promulgación del presidente de la República, quien no puede vetarla por tratarse de una ley de reforma constitucional:

LEY DE REFORMA DEL LITERAL F, DEL NUMERAL 24, DEL ARTÍCULO 2 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Articulo Único.- Modificación del literal f, del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú
Modifícase el literal f, del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, conforme al texto siguiente:
“Artículo 2o.- Toda persona tiene derecho:
[..]
24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
[…]
f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. La detención no durará más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las investigaciones y, en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho horas o en el término de la distancia.
Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas y a los delitos cometidos por organizaciones criminales. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término”.

EL DEBATE

Durante más de dos horas la asamblea legislativa discutió la propuesta, después de la sustentación del presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Miguel Ángel Torres Morales (FP), quien pidió reeditar la votación unánime anterior.

Dijo que la norma es una respuesta a la lucha eficaz de la policía y que el marco normativo facilitará su trabajo en contra de la criminalidad organizada y la delincuencia.

Los congresistas del Frente Amplio solicitaron incorporar en la propuesta una excepción de la norma en casos de protesta social.

Marco Arana, de esa agrupación parlamentaria, sostuvo que el crimen organizado tiene que ser combatido, pero tal como estaba redactado el documento con la propuesta se apunta al ejercicio de “un Estado policiaco” y que será aplicado contra campesinos, estudiantes y sindicalistas, quienes luchan por sus derechos.

Lo propio hizo su compañero de bancada, Alberto Quintanilla, quien reconoció que la norma subsanará la limitación del tiempo en la investigación, pero que queda la probabilidad de que fiscales y jueces confundan los actos de protesta con acciones delincuenciales.

María Elena Foronda señaló también que es necesaria la lucha contra el crimen organizado pero que no haya conceptualizado entre este delito y las exigencias de demandas sociales como las que hacen las comunidades nativas en defensa de su territorio y el medio ambiente.

El congresista Héctor Becerril (FP) dijo que con este tipo de discursos se enmascara situaciones incorrectas como la de las organizaciones terroristas que hacen apología.

Percy Alcalá (FP) señaló que la finalidad de la propuesta es dar herramientas necesarias a la policía nacional y que no sean puestos en libertad quienes cometan delitos sin ser investigados plenamente.

El congresista Javier Velásquez Quesquén (CPA) manifestó entender la preocupación de los legisladores del Frente Amplio, y consideró que las organizaciones sociales tienen derecho a la protesta y la marcha, siempre y cuando lo hagan con respeto al orden y en forma pacífica.

Su colega de bancada, Mauricio Mulder, se manifestó crítico a las afirmaciones del FA y llamó la atención de que en la primera votación todos votaron por el sí.

El legislador Gilbert Violeta (PPK) aclaró que la Constitución Política preserva el derecho de asociación y de la protesta social y que no se requiere de ninguna excepción en la propuesta. Gino Costa, de la misma bancada, dijo que ésta responde a antiguas demandas de la policía.

El congresista Octavio Salazar (FA) explicó que la policía no puede detener en la actualidad por más de 24 horas y que después de ese plazo se tiene que citar al infraganti con orden de comparecencia, a la que no se presentan, con lo cual se burlan de la autoridad.

El congresista Luis Galarreta (FP) pidió disculpas a las agrupaciones de estudiantes y trabajadores, porque “hay un grupo político que los confunde con criminales”.

Sostuvo que la ley contribuirá a que el estado de Derecho del país sea fuerte dentro de un marco que permita a la democracia defenderse con herramienta legales.

Dijo que confundir una protesta social con el crimen organizado será por fallas del Ministerio Público y del Poder Judicial, pero no porque la ley lo permita ya que existen características que permiten establecer las diferencias.

Además, indicó, la comisión que estudió el tema pidió y recibió las opiniones a favor de esos sectores.

Antes de la votación, la titular del Congreso expresó su solidaridad con la congresista Marisa Glave (FA) quien se tuvo que retirar del Pleno porque habían asaltado su casa y agredido a su madre. (MED)
Fuente: Legis. Prensa del Congreso

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